Rectoría.
Objetivos:
Dirigir y coordinar la realización de la enseñanza, investigación, difusión de la cultura y las funciones adjetivas hacia el logro de los fines que le han sido encomendados a la Universidad Autónoma de Sinaloa.
Funciones:
- Cumplir y hacer cumplir la presente Ley, el Estatuto General y los reglamentos que de ellos emanen;
- Conducir las relaciones de la Universidad con los poderes públicos, instituciones académicas y organismos sociales;
- Delegar, en casos determinados, la representación legal de la Universidad, otorgando, sustituyendo y revocando los poderes generales y especiales que se requieran, informando de ello al H. Consejo Universitario;
- Designar y remover al Secretario General, Secretario Académico y Secretario de Administración y Finanzas, así como al personal directivo de las áreas de servicio y administración;
- Designar a los Vicerrectores de una terna propuesta por el Consejo Académico Regional respectivo;
- Designar a los directores de los Colegios Regionales de Bachillerato de las ternas propuestas por los Consejos Académicos respectivos;
- Contratar al personal académico y administrativo y otorgar los nombramientos correspondientes;
- Firmar, en unión con el Secretario General, los títulos y grados académicos que la Universidad otorgue;
- Rendir al H. Consejo Universitario, en sesión solemne y con carácter público, el informe anual de labores, a más tardar el día 8 de junio de cada año;
- Presentar al H. Consejo Universitario, el presupuesto anual de ingresos y egresos de la Institución, debiendo transcurrir un tiempo de quince días entre su presentación y su aprobación;
- Promover todo cuanto se oriente al mejoramiento académico, técnico, cultural, moral, administrativo y económico de la comunidad universitaria;
- Conocer y resolver sobre los asuntos académicos y administrativos que no sean competencia específica de otras instancias universitarias;
- Proponer, ante el Consejo Universitario, al inicio de su gestión un Plan de Desarrollo Institucional;
- Presentar al H. Consejo Universitario informes trimestrales del movimiento de ingresos y egresos de la Universidad;
- Convocar al H. Consejo Universitario, presidir sus sesiones, ejecutar sus acuerdos y vigilar el cumplimiento de las funciones que se encomienden a otras autoridades o funcionarios de la institución;
- Acordar con el Secretario General sobre los asuntos académicos, técnicos y administrativos, relacionados con la Institución, así como otorgar las autorizaciones correspondientes;
- Coordinar las labores de planeación y evaluación general para el desarrollo armónico de las funciones académicas de la Universidad;
- Emitir acuerdos, circulares e instructivos para el adecuado funcionamiento docente y administrativo de la Universidad;
- Conducir las relaciones entre las autoridades universitarias y funcionarios de las unidades regionales y académicas, cuando la facultad no corresponda a ninguna otra autoridad universitaria;
- Coordinar como la máxima autoridad ejecutiva y de acuerdo con el organigrama general de la UAS, los sistemas: de Normatividad y Gobierno, de las Unidades Regionales, el de Staff y los de Línea de Autoridad Directa que se le adscriben;
- Dirigir y controlar las funciones de: Secretaría Administrativa de Rectoría, Secretaría Particular y Unidad de Asesoría, que bajo línea de autoridad directa se le adscriben;
- Velar por el cumplimiento de los planes y programas de trabajo y, en general de las disposiciones y acuerdos que norman la estructura y funcionamiento de la Universidad, dictando las medidas conducentes;
- Velar por la conservación de un orden libre y responsable en la Universidad, dictar las medidas y aplicar las sanciones correspondientes en los términos del Estatuto General y demás reglamentos;
- Cuidar el exacto cumplimiento de las disposiciones que dicte el H. Consejo Universitario;
- Presentar todos los programas y proyectos institucionales que incidan en el mejoramiento de la Universidad;
- Delegar, en su caso, el ejercicio de los recursos de la Universidad de acuerdo con el presupuesto aprobado;
- Presentar al H. Consejo Universitario los proyectos de reglamentos y demás documentos normativos de carácter general;
- Someter a ratificación del H. Consejo Universitario los nombramientos de los vicerrectores de Unidad Regional y directores de colegios regionales de bachillerato;
- Solicitar al H. Consejo Universitario autorice efectuar gastos no previstos en el presupuesto aprobado;
- Presentar al H. Consejo Universitario los estados financieros de la Universidad que para tal efecto dictamine el Auditor Externo;
- Proponer modificaciones a la organización académica y administrativa de la Universidad;
- Designar y remover a los directores de los centros o dependencias universitarias donde no se ofrezcan estudios de tipo medio superior o superior;
- Designar y remover a los funcionarios y empleados de la Universidad cuando el nombramiento no corresponda a ninguna otra autoridad universitaria;
- Contratar al personal académico y administrativo;
- Presentar para su aprobación al H. Consejo Universitario el proyecto de calendario escolar general y los calendarios especiales que regirán para el año siguiente;
- Establecer en consulta con las demás autoridades universitarias personales las medidas más convenientes para el desarrollo coherente de las actividades académicas y administrativas de la Universidad;
- Proponer al H. Consejo Universitario a los integrantes del Tribunal Universitario;
- Dictar las medidas que sean necesarias en aquellos asuntos urgentes que sean competencia del H. Consejo Universitario, sin perjuicio de que dicho Consejo, en su sesión inmediata ratifique o rectifique tales medidas;
- Presentar propuestas de distinciones, reconocimientos y grados honoríficos ante el H. Consejo Universitario;
- Promover la realización de las actividades de extensión universitaria y difusión cultural;
- Las demás que establezcan las normas y disposiciones reglamentarias de la Universidad;
- Conocer y resolver sobre los asuntos académicos y administrativos que no sean competencia específica de otras instancias universitarias;
- Las demás que le otorguen la presente Ley y otras normas y disposiciones reglamentarias de la Universidad.